Requisitos del programa Verifactu y declaración responsable
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Cinco preguntas sobre tu programa actual: la comprobación dice qué cumple, qué falta y qué pedir a tu proveedor antes de la fecha que te toca.
Requisitos que cumple
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Cumple lo básico que el usuario puede comprobar. La conformidad completa la asegura el productor en su declaración responsable (RD 1007/2023, art. 13).
| Declaración responsable | RD 1007/2023 art. 13; contenido en Orden HAC/1177/2024 art. 15 |
| QR y leyenda | RD 1619/2012 art. 6.5; Orden arts. 20 y 21 |
| Huella SHA-256 | Orden HAC/1177/2024 art. 13 |
| Si falta algo | Riesgo de 50.000 € por ejercicio |
Comprobación orientativa: no sustituye la declaración responsable ni certifica el programa.
Preparado por Radif Partners · Método · Normativa leída en el BOE y en la AEAT el 25 de octubre de 2026
Un programa de facturación cumple Verifactu cuando garantiza la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de cada factura, como exige el artículo 8 del Real Decreto 1007/2023, y cuando su productor lo declara por escrito. Esa declaración responsable, regulada en el artículo 13 del reglamento y en el artículo 15 de la Orden HAC/1177/2024, empieza con el título «Declaración responsable del sistema informático de facturación» y recoge el nombre y el código del sistema, la versión exacta, sus componentes, si funciona solo como VERI*FACTU, el tipo de firma de los registros cuando no lo hace, los datos del productor y la fecha y el lugar de la firma. Debe verse dentro del propio programa, de forma rápida y sencilla, y entregarse al cliente al comprarlo. No existe una homologación ni un certificado de la Agencia Tributaria: el usuario confía en la declaración del productor y responde si usa un programa que no cumple. La sanción para el usuario es de 50.000 euros por ejercicio según el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria.
Lo que exige el reglamento al programa
| Requisito | Qué significa en la práctica | Base |
|---|---|---|
| Integridad e inalterabilidad | Una factura emitida no se borra ni se edita: se corrige con otra | RD 1007/2023, art. 8.2 |
| Trazabilidad | Cada registro lleva la huella del anterior y forma una cadena | Orden HAC/1177/2024, arts. 7 y 13 |
| Conservación y accesibilidad | Los registros se guardan y se exportan cuando Hacienda los pide | RD 1007/2023, arts. 8 y 14 |
| QR en la factura | Código QR tributario y, en VERI*FACTU, su leyenda | Orden HAC/1177/2024, arts. 20 y 21 |
| Declaración responsable | El productor declara por escrito que el programa cumple | RD 1007/2023, art. 13 |
El artículo 8 del RD 1007/2023 enumera seis garantías: integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Además, todo programa debe poder enviar los registros a la Agencia Tributaria de forma continuada y automática, aunque el usuario elija no hacerlo. Cuando no los envía, el programa firma cada registro con XAdES Enveloped (ETSI EN 319 132) y lleva un registro de eventos que anota, por ejemplo, el inicio y el fin del funcionamiento, las anomalías detectadas y las exportaciones, como detalla el artículo 9 de la orden.
Cómo leer la declaración responsable
La Orden HAC/1177/2024, artículo 15, fija su contenido mínimo y el orden de los datos. Fíjate en tres puntos. Primero, la versión: la declaración vale para una versión concreta, así que una actualización trae su propia declaración. Segundo, la indicación de si el programa funciona solo como VERI*FACTU. Tercero, si admite varios obligados tributarios en la misma instalación, algo que interesa a las gestorías que facturan por cuenta de sus clientes. Como anexo se recomienda una explicación de cómo cumple cada especificación técnica. Guarda una copia de cada declaración que recibas, versión a versión, junto a tus registros de facturación.
Comprueba también tu exposición si el programa no está adaptado cuando llegue tu fecha:
Multa según el artículo 201 bis LGT
Multa según el artículo 201 bis LGT
50.000 €
| Importe por unidad | 50.000 € |
| Veces que se aplica | 1 |
| Sanción antes de reducir | 50.000 € |
| Reducción por pronto pago (40 %) | – |
Lo que puedes comprobar tú mismo
Sin conocimientos técnicos se ven varias cosas: si la factura impresa lleva el QR con el texto «QR tributario:», si el programa te deja anular una factura emitida en lugar de borrarla, y si puedes exportar los registros. Para saber si la huella está bien calculada, el calculador de la huella reproduce el algoritmo oficial. Si el programa falla en algo de esto, pide la versión adaptada; si tu proveedor no la tendrá a tiempo, mira los criterios para elegir otro programa o la aplicación gratuita de la AEAT. Las dos modalidades se comparan en VERI*FACTU o no VERI*FACTU.