Calendario Verifactu: todas las fechas, de 2025 a 2029

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La línea de tiempo coloca cada fecha en el tiempo y marca dónde estamos hoy. Debajo, cada fecha con su norma y el simulador que te dice cuáles te tocan.

Fecha a partir de la cual los productores debían ofrecer programas adaptados.

Fin del calendario6 oct 2029

23456Hoy
  1. 1. Terminado · hito

    Programas adaptados a la venta

    29 jul 2025

    Nueve meses después de la Orden HAC/1177/2024 (cálculo del sitio).

    Orden HAC/1177/2024, especificaciones técnicas de los sistemas de facturación (BOE)
  2. 2. En curso · 17 meses

    Sociedades: adaptar el programa

    1 ene 2027

    Los productores ya debían ofrecer programas adaptados. Quien paga el Impuesto sobre Sociedades tiene hasta el 31 de diciembre de 2026.

    Real Decreto 1007/2023, Reglamento de los sistemas informáticos de facturación (BOE, texto consolidado)
  3. 3. Por llegar · 6 meses

    Autónomos y resto: adaptar el programa

    1 jul 2027

    Las sociedades ya facturan con Verifactu. Autónomos, comunidades de bienes y no residentes tienen hasta el 30 de junio de 2027.

    Real Decreto 1007/2023, Reglamento de los sistemas informáticos de facturación (BOE, texto consolidado)
  4. 4. Por llegar · 3 meses

    Factura B2B: preparación de las grandes

    6 oct 2027

    Todos facturan con Verifactu. Las empresas con más de 8 millones de volumen de operaciones preparan la factura electrónica.

    Real Decreto 238/2026, factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales (BOE)
  5. 5. Por llegar · 12 meses

    Factura B2B: preparación del resto

    6 oct 2028

    Las grandes ya emiten factura electrónica, acompañada de un PDF durante 12 meses salvo que el cliente acepte recibirla solo en su formato original. El resto prepara su paso.

    Real Decreto 238/2026, factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales (BOE)
  6. 6. Por llegar · 12 meses

    Estados de la factura: voluntarios para autónomos pequeños

    6 oct 2029

    Todos emiten factura electrónica. Los autónomos de hasta 8 millones informan del estado de forma voluntaria hasta esta fecha.

    Real Decreto 238/2026, factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales (BOE)
Calendario de Verifactu y de la factura electrónica B2B: cada tramo termina en su fecha oficial.

Preparado por Radif Partners · Método · Normativa leída en el BOE y en la AEAT el 25 de octubre de 2026

Las fechas de Verifactu están en la disposición final cuarta del RD 1007/2023 y han cambiado dos veces. El texto original fijaba el 01/07/2025 para todos; el RD 254/2025 las llevó al 01/01/2026 para las sociedades y al 01/07/2026 para el resto; y el Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 03/12/2025, las retrasó un año más. Hoy rigen estas: quien paga el Impuesto sobre Sociedades debe tener el programa adaptado antes del 01/01/2027, y autónomos, comunidades de bienes, no residentes con establecimiento permanente y demás obligados antes del 01/07/2027. Los productores de programas debían ofrecer versiones adaptadas a los 9 meses de la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024, el 29/07/2025 según nuestro cálculo. La factura electrónica B2B va aparte: el RD 238/2026 cuenta 12 y 24 meses desde la Orden HAC/1028/2026, en vigor el 06/10/2026, lo que da, por nuestro cálculo, el 06/10/2027 para quien supera 8 millones y el 06/10/2028 para el resto.

Las fechas de Verifactu y sus cambios

Disposición final cuarta del RD 1007/2023 en sus sucesivas redacciones.
NormaSociedadesResto de obligados
RD 1007/2023, texto original1 de julio de 20251 de julio de 2025
RD 254/20251 de enero de 20261 de julio de 2026
Real Decreto-ley 15/2025 (vigente)antes del 1 de enero de 2027antes del 1 de julio de 2027

La disposición final cuarta del RD 1007/2023 distingue dos grupos de usuarios. El primero son los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. El segundo, todos los demás: autónomos en el IRPF, comunidades de bienes y otras entidades en atribución de rentas, y no residentes con establecimiento permanente. El RD 254/2025 ya había separado los dos grupos; el Real Decreto-ley 15/2025 mantuvo el esquema y retrasó ambas fechas un año. Para los productores, el plazo de adaptación se contó desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024, el 29 de octubre de 2024.

Elige tu perfil y verás tus fechas, la de Verifactu y la de la factura B2B:

Tu próxima fecha

Tu próxima fecha

1 de julio de 2027

Entra en vigor la Orden HAC/1177/2024 (especificaciones técnicas)29 de octubre de 2024
Los programas a la venta deben estar adaptados (9 meses después)29 de julio de 2025
Orden HAC/1028/2026: empieza a contar el plazo de la factura electrónica B2B6 de octubre de 2026
Verifactu obligatorio para ti (sistema adaptado antes de esta fecha)1 de julio de 2027
Diagnóstico completo de Verifactu →

Las fechas de la factura electrónica B2B

El RD 238/2026 entró en vigor el 20 de abril de 2026, pero sus obligaciones esperan a la orden de la solución pública, la Orden HAC/1028/2026, en vigor el 6 de octubre de 2026. Desde ahí, 12 meses para quien superó 8.000.000 € de volumen de operaciones el año anterior y 24 meses para el resto. Las grandes deben acompañar la factura electrónica de un PDF durante 12 meses, salvo que el cliente acepte recibirla solo en su formato original. Los autónomos de hasta 8.000.000 € informan del estado de la factura de forma voluntaria hasta el 6 de octubre de 2029. La solución pública debe estar disponible al menos 2 meses antes de la primera fecha, es decir, hacia el 6 de agosto de 2027 por nuestro cálculo.

Todas las fechas de la factura electrónica salen de nuestro cómputo de meses desde la entrada en vigor de la orden. Comprueba tu caso en el checker de la factura electrónica obligatoria y la multa por llegar tarde en sanciones Verifactu. Si tu empresa supera el umbral un año y no el siguiente, mira el volumen del año natural anterior a la fecha que te toca.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el último día con un programa sin adaptar?

Si pagas el Impuesto sobre Sociedades, el 31/12/2026; en los demás casos, el 30/06/2027. La norma dice que los sistemas deben estar adaptados antes del 1 de enero y antes del 1 de julio de 2027, así que la primera factura del nuevo año, o del segundo semestre, ya tiene que salir de un sistema que cumpla.

¿Pueden volver a aplazar Verifactu?

Puede ocurrir, como ya pasó con el RD 254/2025 y con el Real Decreto-ley 15/2025, pero solo vale lo publicado en el BOE. A la fecha de nuestra última lectura no hay ningún nuevo aplazamiento. Planifica con las fechas vigentes y revisa esta página: la actualizamos cuando cambia la norma, con la fecha de lectura de cada fuente.

¿Por qué las fechas de la factura B2B son un cálculo?

Porque el RD 238/2026 no da días concretos: dice que la obligación se exige doce o veinticuatro meses después de que entre en vigor la orden que desarrolla la solución pública. Esa orden, la HAC/1028/2026, entró en vigor el 6 de octubre de 2026, y de ahí salen nuestras fechas. Hacienda puede publicar fechas oficiales con otro criterio de cómputo.

¿Qué pasa en una sociedad que cierra su ejercicio a mitad de año?

Nada distinto: la fecha de Verifactu no depende del ejercicio fiscal, sino de ser contribuyente del Impuesto sobre Sociedades. El programa debe estar adaptado antes del 1 de enero de 2027, cierre cuando cierre la sociedad sus cuentas. Las sanciones, en cambio, sí se cuentan por ejercicios, como explica la página de sanciones.

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