Requisitos de una factura: los datos que no pueden faltar
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Marca los datos que lleva tu factura: el simulador te dice si está completa según el Reglamento de facturación y qué te falta añadir con Verifactu.
Datos obligatorios presentes
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Tiene los datos básicos del artículo 6. Con Verifactu, añade además el QR tributario y, si procede, la leyenda VERI*FACTU.
| Menciones especiales | Exención, inversión del sujeto pasivo, criterio de caja… |
| Desde Verifactu | QR tributario (art. 6.5) |
| Conservación | Durante el plazo de prescripción (art. 19) |
Lista resumida del artículo 6.1 del RD 1619/2012; el texto completo tiene 16 apartados (a a p).
Preparado por Radif Partners · Método · Normativa leída en el BOE y en la AEAT el 25 de octubre de 2026
Una factura completa en España debe llevar los datos del artículo 6.1 del Reglamento de facturación: número y, en su caso, serie, con numeración correlativa; fecha de expedición; nombre y apellidos o razón social del emisor y del destinatario; NIF del emisor y, en la mayoría de las operaciones entre empresas, también del destinatario; domicilio de ambos; descripción de la operación con los datos necesarios para calcular la base imponible, incluido el precio unitario sin impuesto y los descuentos; tipo o tipos de IVA aplicados; cuota de IVA consignada por separado; y fecha de la operación si es distinta de la de expedición. Según el caso, se añaden menciones especiales: la referencia a la exención, «inversión del sujeto pasivo», «facturación por el destinatario», «régimen especial del criterio de caja» y las de los regímenes de agencias de viajes y bienes usados. Solo un documento con todos estos datos es factura a efectos de deducir el IVA. Si la emite un programa sujeto a Verifactu, lleva además un código QR y, cuando el sistema envía los registros a la Agencia Tributaria, la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU».
Los datos del artículo 6.1
| Letra | Dato | Cuándo |
|---|---|---|
| a | Número y serie, correlativos | Siempre; series separadas para rectificativas |
| b | Fecha de expedición | Siempre |
| c | Nombre o razón social de emisor y destinatario | Siempre |
| d | NIF del emisor y del destinatario | El del emisor siempre; el del cliente en los casos tasados |
| e | Domicilio de ambos | Siempre |
| f | Descripción, precio unitario sin IVA y descuentos | Siempre |
| g y h | Tipo de IVA y cuota separada | Siempre que haya IVA |
| i | Fecha de la operación | Si es distinta de la de expedición |
| j a p | Menciones especiales | Exención, inversión del sujeto pasivo, criterio de caja y otros |
El artículo 6 del Reglamento de facturación añade dos reglas que se olvidan a menudo. La primera: si una factura documenta operaciones exentas y no exentas, operaciones con inversión del sujeto pasivo y sin ella, o tipos de IVA distintos, hay que separar la base imponible de cada una. La segunda: solo tiene la consideración de factura, a efectos del derecho a deducir, el documento que reúne todos estos datos. Un presupuesto, un albarán o una proforma no lo son, aunque lleven importes y NIF.
Lo que añade Verifactu
El Real Decreto 1007/2023 incorporó al artículo 6 un apartado 5 para las facturas expedidas con sistemas informáticos de facturación: deben llevar la representación gráfica de parte de su contenido en un código QR, que en una factura electrónica puede sustituirse por el contenido que representa. Si el sistema remite todos los registros a la Agencia Tributaria, la factura incluye además la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU». El QR codifica una URL con el NIF del emisor, el número, la fecha y el importe, según la especificación de la AEAT. Cambia el importe y mira cómo cambia la dirección:
URL que codifica el QR
URL que codifica el QR
Válida
| URL (entorno de pruebas) | https://prewww2.aeat.es/wlpl/TIKE-CONT/ValidarQR?nif=89890001K&numserie=12345678%26G33&fecha=01-01-2024&importe=241.4 |
| El & del número | %26 |
Datos que no son obligatorios pero ayudan
El reglamento permite incluir cualquier otra mención. En la práctica conviene añadir la forma y la fecha de pago, la cuenta bancaria, la referencia del pedido del cliente y, en facturas a la Administración, los códigos de destino que pida su punto de entrada. En la factura electrónica B2B, el cliente puede exigir datos adicionales si lo habéis pactado y te los ha facilitado antes de la operación.
Una factura de ejemplo con todos los datos, en formato Facturae, está en el ejemplo de factura electrónica. Los tiques siguen reglas más ligeras, explicadas en la factura simplificada, y los errores se corrigen como indica la factura rectificativa. El QR se puede probar con el generador del QR.