Requisitos de una factura: los datos que no pueden faltar

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Marca los datos que lleva tu factura: el simulador te dice si está completa según el Reglamento de facturación y qué te falta añadir con Verifactu.

Número y serie
Fecha de expedición
Nombre o razón social de ambos
NIF del emisor y del destinatario
Domicilio de ambos
Descripción de la operación
Más datos
Tipo de IVA aplicado
Cuota de IVA
Fecha de la operación, si es distinta

Datos obligatorios presentes

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Tiene los datos básicos del artículo 6. Con Verifactu, añade además el QR tributario y, si procede, la leyenda VERI*FACTU.

Menciones especialesExención, inversión del sujeto pasivo, criterio de caja…
Desde VerifactuQR tributario (art. 6.5)
ConservaciónDurante el plazo de prescripción (art. 19)

Lista resumida del artículo 6.1 del RD 1619/2012; el texto completo tiene 16 apartados (a a p).

Cómo se calcula

Preparado por Radif Partners · Método · Normativa leída en el BOE y en la AEAT el 25 de octubre de 2026

Una factura completa en España debe llevar los datos del artículo 6.1 del Reglamento de facturación: número y, en su caso, serie, con numeración correlativa; fecha de expedición; nombre y apellidos o razón social del emisor y del destinatario; NIF del emisor y, en la mayoría de las operaciones entre empresas, también del destinatario; domicilio de ambos; descripción de la operación con los datos necesarios para calcular la base imponible, incluido el precio unitario sin impuesto y los descuentos; tipo o tipos de IVA aplicados; cuota de IVA consignada por separado; y fecha de la operación si es distinta de la de expedición. Según el caso, se añaden menciones especiales: la referencia a la exención, «inversión del sujeto pasivo», «facturación por el destinatario», «régimen especial del criterio de caja» y las de los regímenes de agencias de viajes y bienes usados. Solo un documento con todos estos datos es factura a efectos de deducir el IVA. Si la emite un programa sujeto a Verifactu, lleva además un código QR y, cuando el sistema envía los registros a la Agencia Tributaria, la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU».

Los datos del artículo 6.1

Contenido de la factura completa según el Reglamento de facturación.
LetraDatoCuándo
aNúmero y serie, correlativosSiempre; series separadas para rectificativas
bFecha de expediciónSiempre
cNombre o razón social de emisor y destinatarioSiempre
dNIF del emisor y del destinatarioEl del emisor siempre; el del cliente en los casos tasados
eDomicilio de ambosSiempre
fDescripción, precio unitario sin IVA y descuentosSiempre
g y hTipo de IVA y cuota separadaSiempre que haya IVA
iFecha de la operaciónSi es distinta de la de expedición
j a pMenciones especialesExención, inversión del sujeto pasivo, criterio de caja y otros

El artículo 6 del Reglamento de facturación añade dos reglas que se olvidan a menudo. La primera: si una factura documenta operaciones exentas y no exentas, operaciones con inversión del sujeto pasivo y sin ella, o tipos de IVA distintos, hay que separar la base imponible de cada una. La segunda: solo tiene la consideración de factura, a efectos del derecho a deducir, el documento que reúne todos estos datos. Un presupuesto, un albarán o una proforma no lo son, aunque lleven importes y NIF.

Lo que añade Verifactu

El Real Decreto 1007/2023 incorporó al artículo 6 un apartado 5 para las facturas expedidas con sistemas informáticos de facturación: deben llevar la representación gráfica de parte de su contenido en un código QR, que en una factura electrónica puede sustituirse por el contenido que representa. Si el sistema remite todos los registros a la Agencia Tributaria, la factura incluye además la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU». El QR codifica una URL con el NIF del emisor, el número, la fecha y el importe, según la especificación de la AEAT. Cambia el importe y mira cómo cambia la dirección:

URL que codifica el QR

URL que codifica el QR

Válida

URL (entorno de pruebas)https://prewww2.aeat.es/wlpl/TIKE-CONT/ValidarQR?nif=89890001K&numserie=12345678%26G33&fecha=01-01-2024&importe=241.4
El & del número%26
Generar el QR completo →

Datos que no son obligatorios pero ayudan

El reglamento permite incluir cualquier otra mención. En la práctica conviene añadir la forma y la fecha de pago, la cuenta bancaria, la referencia del pedido del cliente y, en facturas a la Administración, los códigos de destino que pida su punto de entrada. En la factura electrónica B2B, el cliente puede exigir datos adicionales si lo habéis pactado y te los ha facilitado antes de la operación.

Una factura de ejemplo con todos los datos, en formato Facturae, está en el ejemplo de factura electrónica. Los tiques siguen reglas más ligeras, explicadas en la factura simplificada, y los errores se corrigen como indica la factura rectificativa. El QR se puede probar con el generador del QR.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si a mi factura le falta un dato obligatorio?

El documento no es una factura completa a efectos del artículo 97 de la Ley del IVA, y tu cliente puede tener problemas para deducir la cuota. Lo que corresponde es expedir una factura rectificativa, porque el artículo 15.1 del Reglamento obliga a rectificar cuando la original no cumple los requisitos del artículo 6. No se corrige a mano ni se sustituye el original.

¿Siempre hay que poner el NIF del cliente?

No en todos los casos, pero sí en la mayoría de las facturas entre empresas. El artículo 6.1.d obliga a consignarlo en las entregas intracomunitarias exentas, cuando el cliente es el sujeto pasivo y en las operaciones realizadas en España por un emisor establecido aquí. Si el cliente es un particular, puedes no ponerlo, aunque conviene si te lo pide.

¿Cuánto tiempo hay que guardar las facturas?

El artículo 19 del Reglamento remite al plazo de la Ley General Tributaria: se conservan las facturas recibidas y las copias de las emitidas, con su contenido original y de forma ordenada, durante el plazo de prescripción de los impuestos. Una factura electrónica se guarda como fichero electrónico original, no como un papel impreso a partir de ella.

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