Facturae: crea y descarga tu factura XML 3.2.2 gratis

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Rellena tus datos, los del organismo y los conceptos: el creador calcula base, IVA y retención, y te deja descargar el Facturae listo para firmar y presentar en FACe.

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Códigos DIR3 de la Administración
Factura
Conceptos

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Total de la factura

1123,60 €

Lista para descargar

Base imponible1060,00 €
IVA 21 %222,60 €
Retención− 159,00 €

Antes de enviarla a FACe, firma el XML con tu certificado en una aplicación de firma: este creador no firma.

Desde que Verifactu te obligue, tus facturas deben salir de un sistema que genere su registro y su QR: este creador sirve para facturar a la Administración en Facturae y para conocer el formato, no sustituye a ese sistema.

Factura A-2026-0042

Fecha: 20 de octubre de 2026

Facturae 3.2.2

Emisor

Lucía Martín Ruiz

12345678Z

Calle Mayor 10, 28013 Madrid, Madrid, ESP

Destinatario

Ayuntamiento de Ejemplo

P0000000J

Avenida de la Constitución 5, 41001 Sevilla, Sevilla, ESP

Códigos DIR3: Oficina contable L01000000 · Órgano gestor L01000000 · Unidad tramitadora L01000000

ConceptoCantidadPrecioIVAImporte
Diseño de catálogo, octubre 20261850,00 €21 %850,00 €
Horas de maquetación635,00 €21 %210,00 €
Base imponible1060,00 €
IVA 21 %222,60 €
Retención 15 %− 159,00 €
Total factura1123,60 €

Vencimiento: 19 de noviembre de 2026 · IBAN: ES9121000418450200051332

Preparado por Radif Partners · Método · Normativa leída en el BOE y en la AEAT el 25 de octubre de 2026

Facturae es el formato XML de factura electrónica que exige la Administración española. Desde el 15/01/2015, la Ley 25/2013 obliga a las sociedades anónimas y limitadas, a las entidades extranjeras, a los establecimientos permanentes, a las uniones temporales de empresas y a varias agrupaciones y fondos a facturar a las Administraciones en formato electrónico, firmado y presentado por el punto general de entrada que corresponda, que en la Administración General del Estado es FACe. Cada Administración puede excluir las facturas de hasta 5000 euros. La versión vigente del formato es la 3.2.2. Este creador genera un Facturae 3.2.2 en tu navegador: añade los tres códigos DIR3 que exige la Orden HAP/1074/2014 (oficina contable, órgano gestor y unidad tramitadora), calcula importes por línea, IVA por tipo y retención de IRPF, y bloquea la descarga mientras falte un dato. El XML que produce se ha comprobado contra el esquema oficial. No lo firma: la firma electrónica avanzada la añades después con tu certificado en una aplicación de firma, porque ninguna página web debería tocar tu certificado.

Quién debe facturar en Facturae a la Administración

El artículo 4 de la Ley 25/2013 permite a cualquier proveedor enviar factura electrónica a la Administración y obliga a una lista cerrada de entidades: sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, personas jurídicas y entidades sin nacionalidad española, establecimientos permanentes y sucursales de no residentes, uniones temporales de empresas y agrupaciones de interés económico y fondos. Las Administraciones pueden excluir por reglamento las facturas de hasta 5000 €. Comprueba tu caso:

Factura electrónica a la Administración

Factura electrónica a la Administración

Puedes en papel

FormatoFacturae 3.2.2
Códigos DIR3Oficina contable, órgano gestor, unidad tramitadora
Tamaño máximo8 MB
Registro en la Administración30 días desde la entrega (art. 3)
Todo sobre FACe →

Qué lleva un Facturae para la Administración

Estructura de un fichero Facturae 3.2.2 dirigido a un punto general de entrada.
BloqueContenidoBase
CabeceraVersión del esquema, emisor de la remesa, número de facturas e importes totalesEsquema Facturae
PartesDatos fiscales del vendedor y del comprador, con NIF y direcciónEsquema Facturae
Centros administrativosCódigos DIR3 de oficina contable, órgano gestor y unidad tramitadoraOrden HAP/1074/2014, anexo
FacturaSerie y número, fecha, líneas, impuestos, retenciones y totalesEsquema Facturae
FirmaFirma XAdES con certificado reconocido, o sello electrónicoLey 25/2013, art. 5

Los tres códigos de centro son el dato que más rechazos provoca. La Orden HAP/1074/2014 los hace obligatorios para que el punto de entrada sepa a quién remitir la factura, y deben ser los del directorio común DIR3. El fichero completo, con anexos, no puede superar 8 MB. El creador incluye los tres códigos en cuanto eliges una Administración como destinatario y no te deja descargar mientras falte alguno.

Del formulario a FACe en tres pasos

Primero, rellena el formulario y descarga el XML. El creador escribe el fichero según el esquema oficial Facturae 3.2.2, con importes redondeados a dos decimales y los impuestos agrupados por tipo. Segundo, firma el XML con tu certificado en una aplicación que aplique la política de firma de Facturae; los caminos posibles se explican en cómo firmar un Facturae. Tercero, preséntalo en FACe o en el punto de entrada de tu comunidad autónoma o ayuntamiento, y guarda el número de registro que te devuelve.

Este creador no lleva registro de facturas ni encadena huellas, así que no cumple Verifactu por sí solo. Si tu empresa está obligada y usa el creador para una factura, esa factura debe constar también en tu sistema de facturación. Para abrir un Facturae que recibes usa el visor; si prefieres instalar un programa, mira descargar Facturae.

Preguntas frecuentes

¿Dónde encuentro los códigos DIR3 del organismo?

Te los da el organismo, normalmente en el pedido, en el contrato o en las instrucciones de facturación que entrega al adjudicatario; si no aparecen, pídeselos antes de facturar. Son códigos del directorio común DIR3 y son tres distintos: la oficina contable que registra la factura, el órgano gestor que la aprueba y la unidad tramitadora que la gestiona. A veces los tres coinciden, pero no lo des por hecho.

¿Puedo presentar en FACe el XML sin firmar que descargo?

No. El artículo 5 de la Ley 25/2013 exige una firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido, o un sello electrónico avanzado. Sin firma, el punto de entrada rechaza la factura. Descarga el XML, fírmalo con tu certificado en una aplicación de firma que siga la política de Facturae y presenta el fichero firmado.

¿Un autónomo tiene que usar Facturae con la Administración?

La Ley 25/2013 no obliga a los autónomos: la lista del artículo 4 empieza por las sociedades anónimas y limitadas. Puedes enviar factura en papel salvo que el contrato o la Administración pidan otra cosa. Si quieres o te lo piden, puedes usar FACe igual que una empresa, con Facturae firmado con tu certificado de persona física.

¿Qué plazo tengo para presentar la factura a la Administración?

30 días desde la entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio, según el artículo 3 de la Ley 25/2013. La factura se presenta en un registro administrativo, y la factura electrónica en el punto general de entrada. Mientras no se presenta en tiempo y forma, la ley entiende que esa obligación no se ha cumplido, así que conviene no apurar el plazo.

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