Verifactu en tu caso
1 de julio de 2027
Tu programa debe cumplir el Reglamento antes del 1 de julio de 2027: el último día con un sistema no adaptado es el 30 de junio de 2027 (RD 1007/2023, disposición final cuarta, redacción del RDL 15/2025).
| Grupo del calendario | Resto de obligados |
| Modalidad que puedes elegir | VERI*FACTU (envío de cada registro a la AEAT) o no VERI*FACTU (firma y registro de eventos) |
| Programas a la venta adaptados desde | 29 de julio de 2025 |
| Alternativa gratuita | Aplicación de facturación de la AEAT (art. 7.b) |
Base: RD 1007/2023, arts. 1.3, 3 y 4; disposición final cuarta modificada por el RDL 15/2025 (BOE 3/12/2025). No es asesoramiento fiscal.